Costa Rica: Funcionarios públicos obligados a utilizar «Lenguaje Inclusivo».

Decreto para erradicar discriminación a población LGBTI en instituciones públicas es constitucional, resuelve Sala IV

El decreto “Política del Poder Ejecutivo para erradicar de sus instituciones la discriminación hacia la población LGBTI”, promulgado en mayo de 2015  por la administración Solís Rivera, es constitucional, revelaron medios nacionales.

Respecto de la utilización del lenguaje inclusivo, alegaron los recurrentes que «se ha comenzado a jugar con las palabras cuyo significado ha sido previamente manipulado, enfatizando aquellas que serían funcionales a la ideología de género y quitando las que podrían resultar inconvenientes», según reza en el expediente 20-012937-0007-CO, sobre el cual se tramitó la acción.»(…)Toda referencia a lenguaje sexista, deberá rectificarse por lenguaje inclusivo.

Los términos ‘servidor’, ‘funcionario’ o aceptaciones similares deberán leerse como ‘persona servidora’ o ‘persona funcionaria'», indica el artículo 13 del decreto sobre el cual se solicitó valorar su inconstitucionalidad por parte de los magistrados.

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